Requerimientos para otorgar financiamientos en Panamá

Tanto los bancos como las entidades no bancarias pueden proporcionar financiamiento a empresas constituidas en Panamá. Las instituciones financieras extranjeras también pueden proporcionar financiamiento, desde el exterior, a empresas constituidas y domiciliadas en Panamá.

Por lo general, las entidades que brindan financiamiento de manera regular en o desde Panamá deberían estar reguladas por la Superintendencia de Bancos (donde brindan otros servicios bancarios, especialmente actividades de captación de depósitos), la Superintendencia del Mercado de Valores (donde brindan otros servicios de intermediación, o asesoría en inversiones), o el Ministerio de Comercio (en el caso de empresas financieras).

Obtenga más información en nuestra guía de banca y finanzas preparada por los socios Arturo Gerbaud, Eloy Alfaro B. y la asociada sénior Patricia Cordero – Publicado originalmente por Chambers & Partners. https://practiceguides.chambers.com/practice-guides/banking-financiamiento-2020/panamá

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